- Documento Privado: La definición legal dice que un documento privado es aquel que recoge la voluntad de las partes que lo otorgan. Esto quiere decir que por ejemplo en una operación de compra-venta, el contrato privado recogerá la voluntad de ambas partes de transmitir un bien a la otra. En este caso es conveniente detallar con precisión todos los elementos relevantes del contrato: identificación de la vivienda, m2, precio y forma de pago, necesidad de aval, plazo de entrega, cantidad de indemnización en caso de incumplimiento.
- Documento Público: Un documento público de compra-venta es la escritura. Un documento público hace referencia al contrato definitivo de compra-venta que se firma ante notario. Será gracias a este documento que se le atribuirá la propiedad al comprador. Además, este documento tiene la atribución legal para ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad.